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La náusea

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o De cómo el supuesto “garantismo” se trastoca en incitación a la violencia


El 6-9-2012 y en el marco de la causa por el asesinato de Lautaro Bugatto (ver acá), la Cámara de Garantías en lo Penal nº 2 de Lomas de Zamora ha emitido un fallo, firmado por los Dres. Marcelo Darío Soukop, Joaquín Andrés Emilio Días Ferrer y Pablo Alberto Little, que ordena caratular la causa como de “homicidio cometido con exceso de legítima defensa”, lo que beneficia al imputado, David R. Benítez.

El fallo muestra la parcialidad, arbitrariedad y desprecio del que son capaces algunos magistrados en el ejercicio de la sublime función de impartir justicia. Desprovisto de rigor conceptual y argumentativo, se asemeja a una burda operación de “cortar y pegar”, que da como resultado una resolución inadmisible. Entre los errores de todo tipo -menos de la mitad de los cuales le valdría la reprobación a un alumno de Derecho-, se altera cada vez el apellido de la víctima, Bugatto, por “Bugallo”, negando así la identidad de la persona cuyo asesinato tienen en sus manos evaluar y juzgar. Con graves inconsistencias lógicas, el fallo es además miserable y ruin por lo sesgado de su contenido; lleno de contradicciones; supuestos tendenciosos; citas mal volcadas; argumentaciones que no conducen a nada; y un juego perverso entre el plano hipotético y el real, donde se mezclan todos los testimonios en una indiferencia brutal en la que brilla por su ausencia la más elemental ponderación de situaciones y actores.

La lógica indica que si no se dan los requisitos para la legítima defensa, menos aun se darán los del “exceso” de legítima defensa, salvo que se incurra en una flagrante contradicción. Para que quede claro: el asesino nunca dio la voz de alto; no se identificó como policía; no disparó al aire sino siempre a la altura de las personas; ningún proyectil ni arma que no fueran suyos se halló en la escena de los hechos. La desproporción cualitativa y cuantitativa del ataque indiscriminado (ataque que termina con la vida de Lautaro que, ajeno a todo cuanto ocurría, salía de su casa rumbo a un baile), elimina toda “legitimidad” del acto, máxime por tratarse de un policía. Además, si los supuestos delincuentes tal como él mismo testimonia -y ¡los jueces de la Cámara 2 reproducen!- habían huido ya con los dos primeros disparos, entonces, ¿cómo podría invocarse defensa alguna, ni legítima ni ilegítima? pues ¿de qué se estaba defendiendo Benítez, si, como consta en su propia declaración, los cacos se alejaban a las corridas?

Lo que se pretende hacer pasar por “garantismo” se trastoca en incitación a la violencia. Podría concluirse que en similares circunstancias, lo mejor es matar in situ al asesino, y no llevarlo a la justicia. Pues, qué hubiera ocurrido si la madre o algún otro presente en la escena, acallando la voz de la conciencia moral del “No matarás”, se hubieran matado al asesino; hoy, el culpable más culpable estaría muerto, tanto como lo está mi sobrino, el inocente más inocente. Y él o los autores de esa segunda muerte recibirían, y ahora sí, con total legitimidad, el beneficio del “exceso de legítima defensa”.

Y ¿saben qué? Lo paradójico es que mientras fue exonerado de la policía, para la justicia ha merecido el beneficio de una carátula que lo pone ante las puertas de la libertad y en la perspectiva de un juicio cuya pena máxima no podría superar los cinco años de prisión. Nos invade una profunda náusea y un malestar inenarrable. Como personas de bien, que amamos la vida y ansiamos justicia, no perdemos la esperanza de que un resto de pudor perviva en la persona de estos tres magistrados, suficiente para reparar el inmenso daño ocasionado.

Alicia Giardina / Mónica Giardina (Dra. En Filosofía) (madre y tía de Lautaro, respectivamente)

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